Calculadora Sueldo Proporcional
Calcula cuánto te corresponde cuando trabajas un mes incompleto. Ideal para tu primer o último mes de trabajo, o si tuviste días sin goce de sueldo.
Primer día trabajado en el mes
Último día trabajado en el mes
¿Cómo se calcula el sueldo proporcional?
El sueldo proporcional se calcula dividiendo la remuneración mensual por 30 días (independiente de cuántos días tiene el mes) y multiplicando por los días efectivamente trabajados. Sobre ese monto se aplican los descuentos previsionales y de impuesto.
¿Cuándo aplica?
El sueldo proporcional aplica cuando el trabajador no completa un mes calendario. Los casos más comunes son:
- Primer mes de trabajo (ingreso a mitad de mes)
- Último mes de trabajo (renuncia o despido a mitad de mes)
- Días sin goce de sueldo (permisos no remunerados)
- Licencias médicas rechazadas
¿Se descuentan cotizaciones?
Sí, los descuentos previsionales (AFP, salud, seguro de cesantía) e impuesto único se aplican sobre el monto proporcional, no sobre el sueldo completo. Esto puede hacer que quedes en un tramo de impuesto más bajo.
Tabla: sueldo proporcional según días trabajados
El sueldo proporcional se calcula como: sueldo mensual ÷ 30 × días trabajados. Estos son los montos brutos para distintos sueldos y cantidades de días.
| Días | Sueldo $500.000 | Sueldo $1.000.000 | Sueldo $1.500.000 | Sueldo $2.000.000 |
|---|---|---|---|---|
| 5 días | $83.333 | $166.667 | $250.000 | $333.333 |
| 10 días | $166.667 | $333.333 | $500.000 | $666.667 |
| 15 días | $250.000 | $500.000 | $750.000 | $1.000.000 |
| 20 días | $333.333 | $666.667 | $1.000.000 | $1.333.333 |
| 25 días | $416.667 | $833.333 | $1.250.000 | $1.666.667 |
Montos brutos antes de descuentos. El sueldo líquido será menor por los descuentos de AFP, salud, cesantía e impuesto único. Se usa siempre 30 como divisor, independiente de los días reales del mes.
Escenarios comunes del sueldo proporcional
Estas son las situaciones más frecuentes donde se aplica el cálculo del sueldo proporcional en Chile.
| Escenario | Descripción | Días típicos |
|---|---|---|
| Ingreso a mitad de mes | Trabajador comienza el día 15 | 15-16 días |
| Renuncia a mitad de mes | Último día de trabajo es el 15 | 15 días |
| Despido a fin de mes | Despido efectivo el día 25 | 25 días |
| Permiso sin goce | 5 días de permiso no remunerado | 25 días |
| Licencia rechazada | Licencia de 7 días rechazada por COMPIN | 23 días |
| Primer día del mes | Ingreso el día 1, mes completo | 30 días (completo) |
En todos los casos, el cálculo es: sueldo mensual ÷ 30 × días trabajados. El empleador debe pagar el proporcional en la liquidación de sueldo o en el finiquito según corresponda.
Casos especiales del sueldo proporcional en Chile
Febrero: ¿28 o 30 días?
Aunque febrero tiene 28 días (o 29 en año bisiesto), para el cálculo del sueldo proporcional se sigue usando 30 como divisor. Esto significa que un trabajador que trabaja todo febrero recibe el sueldo completo (30/30), no 28/30. La convención de 30 días es uniforme para todos los meses del año.
Descuento por inasistencia injustificada
Si un trabajador falta sin justificación, el empleador puede descontar los días no trabajados del sueldo mensual usando la misma fórmula de proporcionalidad. Es decir, se paga sueldo ÷ 30 × días efectivamente trabajados. Además, las inasistencias injustificadas por 2 días seguidos o 3 en el mes pueden ser causal de despido (Art. 160 N°3).
Cotizaciones previsionales en mes parcial
Las cotizaciones de AFP, salud y cesantía se calculan sobre el sueldo proporcional efectivo, no sobre el sueldo completo. Sin embargo, el mes cotizado cuenta como un mes completo para efectos de la antigüedad previsional, siempre que se hayan pagado al menos las cotizaciones correspondientes a ese período.
Horas extra en mes incompleto
Si el trabajador realizó horas extra durante un mes incompleto, estas se pagan adicionalmente al sueldo proporcional según las horas efectivamente trabajadas. El valor de la hora extra no se proporcionaliza; se calcula normalmente como valor hora ordinaria × 1,5 por cada hora extra registrada.
Asignaciones no imponibles: ¿se proporcionalizan?
Las asignaciones de colación y movilización generalmente se pagan por día trabajado, por lo que se proporcionalizan naturalmente. Sin embargo, si están pactadas como monto mensual fijo, el empleador puede proporcionalizarlas según los días trabajados. La asignación familiar se paga completa si el trabajador trabajó al menos un día en el mes.
Preguntas frecuentes
El sueldo proporcional se calcula dividiendo la remuneración mensual por 30 (independiente de cuántos días tenga el mes) y multiplicando por los días efectivamente trabajados. La fórmula es: sueldo mensual ÷ 30 x días trabajados. Por ejemplo, si tu sueldo es de $600.000 y trabajaste 15 días, tu sueldo proporcional bruto sería $300.000.
La legislación laboral chilena y la jurisprudencia de la Dirección del Trabajo establecen que para efectos remuneracionales, el mes se considera de 30 días, independientemente de si tiene 28, 29, 30 o 31 días calendario. Esta es una convención legal que simplifica el cálculo y se aplica uniformemente a todos los trabajadores.
El sueldo proporcional aplica cuando el trabajador no completa un mes calendario completo. Los casos más comunes son: primer mes de trabajo (ingreso a mitad de mes), último mes antes de la desvinculación (renuncia o despido a mitad de mes), días con permiso sin goce de sueldo y licencias médicas rechazadas donde no se pagó subsidio.
Sí, los descuentos previsionales (AFP, salud y seguro de cesantía) se calculan sobre el monto proporcional, no sobre el sueldo completo. Esto puede beneficiar al trabajador porque al tener una base imponible menor, podría caer en un tramo más bajo de Impuesto Único de Segunda Categoría o quedar exento.
El sueldo proporcional del primer o último mes puede afectar el cálculo de gratificación legal proporcional y vacaciones proporcionales. Para efectos del finiquito, las indemnizaciones se calculan sobre la última remuneración mensual completa, no sobre el sueldo proporcional del último mes trabajado.
Si tu remuneración incluye componentes variables (comisiones, bonos de producción, etc.), el cálculo proporcional aplica solo sobre el sueldo base fijo. Los componentes variables generalmente se pagan según lo efectivamente devengado o producido en el período trabajado. Las asignaciones no imponibles como colación y movilización también pueden prorratearse según los días trabajados.