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Calculadora de Boleta de Honorarios Chile

Calcula cuánto recibirás por tu boleta o cuánto debes facturar para recibir el monto que necesitas. Retención actualizada según la Ley 21.133.

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Retención por año (Ley 21.133)

2028

17%

2027

16%

2026

15.25%

2025

14.5%

2024

13.75%

2023

13%

2022

12.25%

2021

11.5%

2020

10.75%

2019

10%

Cómo funciona la boleta de honorarios en Chile

La boleta de honorarios es el documento tributario que emiten los trabajadores independientes en Chile por los servicios que prestan. Al emitir una boleta, se aplica automáticamente una retención de impuestos que descuenta el pagador.

Retención según Ley 21.133

Desde 2019, la Ley 21.133 estableció un aumento gradual de la retención en boletas de honorarios, partiendo del 10% y llegando al 17% en 2028. Este porcentaje financia las cotizaciones previsionales obligatorias para trabajadores independientes.

Qué cubre la retención

  • AFP: Cotización obligatoria para pensión de vejez.
  • Salud: Cotización para Fonasa.
  • SIS: Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.
  • ATEP: Seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  • Impuesto: Anticipo del Impuesto Global Complementario.

Ejemplo práctico 2026

Si emites una boleta por $1.000.000 en 2026, se retiene el 15,25% ($152.500) y recibes $847.500 líquidos. Si necesitas recibir $1.000.000, debes emitir una boleta por $1.179.941 aproximadamente.

Tabla: evolución de la tasa de retención 2019-2028

La Ley 21.133 estableció un aumento gradual de la retención en boletas de honorarios desde el 10% hasta el 17% definitivo en 2028.

AñoTasa de retenciónLíquido por $1.000.000
2018 y anteriores10,00%$900.000
201910,75%$892.500
202011,50%$885.000
202112,25%$877.500
202213,00%$870.000
202313,75%$862.500
2024-202514,50%$855.000
202615,25%$847.500
202716,00%$840.000
2028 en adelante17,00%$830.000

Tasas establecidas por la Ley 21.133. La tasa del 17% será la definitiva a partir de 2028. La retención se aplica sobre el monto bruto de la boleta.

Tabla: montos líquidos por boleta bruta en 2026

Con la tasa de retención del 15,25% vigente en 2026, estos son los montos líquidos que recibirás según el valor bruto de la boleta.

Boleta brutaRetención (15,25%)Líquido
$500.000$76.250$423.750
$1.000.000$152.500$847.500
$1.500.000$228.750$1.271.250
$2.000.000$305.000$1.695.000
$3.000.000$457.500$2.542.500
$5.000.000$762.500$4.237.500

La retención es retenida y pagada al SII por quien paga la boleta (el receptor del servicio). El monto retenido se imputa a las cotizaciones previsionales y al impuesto durante la Operación Renta.

Casos especiales de la boleta de honorarios en Chile

Exención para rentas bajo 5 ingresos mínimos anuales

Los trabajadores independientes cuyas rentas anuales por boletas sean iguales o inferiores a 5 ingresos mínimos mensuales pueden optar por no realizar cotizaciones previsionales. En ese caso, la retención se devuelve íntegra durante la Operación Renta. Esta opción se ejerce al declarar impuestos en abril.

Boleta emitida a persona natural

Cuando una boleta de honorarios se emite a una persona natural (no empresa), no hay retención porque las personas naturales no están obligadas a retener. En ese caso, el emisor de la boleta recibe el 100% del monto bruto y es responsable de pagar sus cotizaciones y el impuesto correspondiente durante la Operación Renta.

Operación Renta y cotizaciones

Cada abril, durante la Operación Renta, el SII calcula cuánto de la retención se destina a cotizaciones previsionales (AFP, salud, SIS, ATEP) y cuánto al impuesto. Si la retención total del año excede las cotizaciones más el impuesto, la diferencia se devuelve como devolución de impuestos. Si es insuficiente, el trabajador debe pagar la diferencia.

Renta mixta: sueldo + honorarios

Si un trabajador tiene sueldo como dependiente y además emite boletas de honorarios, tiene renta mixta. Las cotizaciones como dependiente se descuentan de su sueldo, y las cotizaciones como independiente se financian con la retención de las boletas. En la Operación Renta se ajustan ambas, lo que puede generar una devolución o un pago adicional.

Exención por edad

Los hombres mayores de 55 años y mujeres mayores de 50 años al 1 de enero de 2018 pueden optar por no cotizar con la retención de sus boletas. En ese caso, toda la retención se trata como pago provisional de impuestos y se ajusta en la Operación Renta. Esta exención es permanente para quienes cumplían la edad al inicio de la ley.

Preguntas frecuentes

Según la Ley 21.133, la tasa de retención en 2026 es del 15,25% del monto bruto de la boleta. En 2024-2025 era del 14,5%. En 2027 sube al 16% y en 2028 alcanza el 17%, que será la tasa definitiva. Esta retención financia las cotizaciones previsionales obligatorias de los trabajadores independientes.

La retención financia las cotizaciones previsionales obligatorias: AFP (pensión de vejez), cotización de salud en Fonasa, Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP), y un anticipo del Impuesto Global Complementario. La distribución entre estos conceptos se realiza durante la Operación Renta anual.

Para calcular el líquido, multiplica el monto bruto de la boleta por (1 - tasa de retención). Por ejemplo, en 2026 con tasa del 15,25%: una boleta bruta de $1.000.000 genera un líquido de $847.500 ($1.000.000 x 0,8475). La retención de $152.500 la descuenta y paga el pagador de la boleta al SII.

Divide el monto líquido que necesitas por (1 - tasa de retención). Por ejemplo, en 2026 con tasa del 15,25%: si necesitas recibir $1.000.000 líquidos, debes emitir una boleta por $1.000.000 ÷ 0,8475 = $1.179.941 aproximadamente. El pagador retendrá $179.941 y tú recibirás $1.000.000.

Deben emitir boleta de honorarios todas las personas naturales que presten servicios de forma independiente y que no estén afectos a IVA. Esto incluye profesionales, técnicos y trabajadores independientes que realizan actividades de segunda categoría. La boleta se emite a través del sitio web del SII (Servicio de Impuestos Internos) de forma electrónica.

Desde el año 2019, la cotización previsional para trabajadores a honorarios es obligatoria y se descuenta de la retención durante la Operación Renta. Solo pueden optar por no cotizar aquellos trabajadores independientes cuyas rentas anuales por boletas sean iguales o inferiores a 5 ingresos mínimos mensuales. Los hombres mayores de 55 años y las mujeres mayores de 50 años al 1 de enero de 2018 también pueden optar por no cotizar.